El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSPJV) condena a CAF a indemnizar a un trabajador enfermo de asbestosis con 168.500 euros

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSPJV) condena a CAF a indemnizar a un trabajador enfermo de asbestosis con 168.500 euros

El TSJPV ha estimado el recurso del trabajador y revocado la sentencia de un juzgado de lo Social porque «existe la relación de causalidad entre la dolencia, el diagnóstico y la profesión»
19 Diciembre 2019

La Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie) ha informado este lunes en un comunicado del citado fallo del TSJPV que, según ha asegurado, «asume íntegramente» el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de la capital guipuzcoana.

En opinión de Asviamie, la resolución del TSJPV «supone un nuevo varapalo a las reiteradas incongruencias del juez Ricardo Bandrés en su afán por ocultar las enfermedades profesionales y exculpar a las empresas infractoras, especialmente, cuando las víctimas demandan responsabilidades a CAF».

La asociación ha acusado a este magistrado de «reiterado comportamiento prevaricador» en «incongruentes sentencias contrarias a la ley», en las que «opta por burlarse de las víctimas, en un intento descarado de eximir responsabilidades a CAF y otras empresas», por lo que ha pedido al Consejo General del Poder Judicial que «intervenga» contra dicho juez.

Respecto al operario al que ahora el TSJPV da la razón, Asviamie ha explicado que trabajó en CAF de 1957 a 1969 en la sección de montaje de vagones de tren en la que se usaba amianto como aislante, y después, de 1969 a 1995, en Construcciones Electromecánicas Indar.

En mayo de 2017 fue diagnosticado de asbestosis y calcificaciones pleurales, en enero de 2018 Osalan lo incluyó en el listado de trabajadores expuestos al amianto y tres meses después el INSS reconoció su incapacidad permanente total por enfermedad profesional.

Al demandar judicialmente la indemnización correspondiente por daños y perjuicios, el Juzgado de lo Social número 4 de San Sebastián lo desestimo y absolvió tanto a CAF como Indar argumentando «ausencia de acreditación» de que su lesión pulmonar tuviera origen en la actividad laboral dado «el largo periodo» transcurrido «entre la exposición al amianto en CAF y la aparición de la enfermedad».

El TSJPV por el contrario ha estimado «íntegramente» el recurso del operario enfermo, así como el cálculo indemnizatorio correspondiente, por «los incumplimientos preventivos» y «la ausencia de protección» en aquella época y porque «existe la relación de causalidad entre la dolencia, el diagnóstico y la profesión».

Fuente: Diario Vasco

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